¿CABE DESPIDO FRENTE AL ABSENTISMO LABORAL?
CARLOS:
RESPUESTA:
Hola Carlos, estás en tu derecho a optar por un despido disciplinario. El Estatuto de los Trabajadores en su art. 54 reconoce que el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario por las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
En tu consulta laboral online detallas que no te gustaría quedar mal con él. Puedes optar por ponerle una amonestación escrita. En este caso convendría mirar el convenio colectivo del sector donde reflejará de una forma más exhaustiva que tipo de sanción se ha cometido y valorará su gravedad. Suelen ser leves, graves o muy graves. Esta es la mejor opción para no quedar tan mal con el trabajador, puesto que dentro de estas sanciones puedes optar por la suspensión de empleo y sueldo, sin tener que llegar al despido.
Esperamos haberte ayudado.
No olvide que puede hacer su consulta laboral online totalmente gratuita